En el 2016, La Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia del STJ de Catamarca que rechazó un amparo de los vecinos de Andalgalá contra la explotación de las Minas de Agua Rica.
El Tribunal volvió a criticar que no se haya puesto atención a las normas que exigen la emisión de la declaración de impacto ambiental en forma previa al inicio de las obras.
Los vecinos argumentaron que la construcción afectaba su derecho a un medio ambiente sano, toda vez que en el enclave del proyecto se encuentran las fuentes de numerosos cursos de agua que irrigan los territorios más bajos, y que aportan su caudal para la supervivencia de la ciudad de Andalgalá y de los pueblos cercanos, así como para las actividades agrícolas que se desarrollan en la región.